Las fórmulas aritméticas contenidas en el Código Electoral de Aguascalientes, definen el tope de gasto de campañas por cada Coalición o cada Partido inscrito para las elecciones del Gobernador del Estado, los 18 diputados y los 11 ayuntamientos, que podría ascender a la suma de 26 millones 201 mil 337 pesos con 79 centavos. Pero en la práctica electoral esta cifra millonaria, podría cuadruplicarse, hasta llegar a los 104 millones, 837 mil, 351 pesos con 16 centavos, al existir la posibilidad de ser legalmente gastada, tanto por la Coalición PRI-PVEM-PANAL; como por la Coalición PRD-Convergencia; por el PAN, e inclusive por el PT.
La aplicación de la fórmula aritmética que contempla nuestro Código Electoral, coloca a los partidos en una situación anecdótica, por llamarla de alguna manera elegante. Resulta que el tope máximo de gastos de campaña supera, con mucho, el financiamiento público y privado que los partidos políticos pueden recibir de conformidad con las reglas del propio Código. La incongruencia del resultado aritmético nos obliga a proponer una revisión de las fórmulas aplicables en ambos casos.
Producto de la fórmula aplicada, sólo la Coalición de tres partidos PRI-PVEM-PANAL, denominada “Alianza por tu Bienestar”, sumando el total de su financiamiento público individual, podría alcanzar los topes determinados por el IEEA, sin acudir al financiamiento privado. Por su parte, la Coalición PRD-Convergencia, estaría obligada a obtener 14.1 millones de pesos adicionales al financiamiento público que individualmente reciben. Por su lado, el PAN debería buscar financiamiento privado por 13.7 millones de pesos; y eventualmente, el PT, necesita 24.9 millones de pesos de financiamiento privado.
A la vista de estos resultados aritméticos, y aún bajo la posibilidad de sumar los cinco conceptos de financiamiento privado, para los partidos PAN, PT, y la Coalición PRD-Convergencia, les resultaría absolutamente ilegal, alcanzar el tope máximo de gastos de campaña.
Efectivamente, el Código Electoral permite a los partidos, cinco alternativas, para la obtención de financiamiento privado: 1) Cuotas personales de los candidatos, hasta por el 10% del total del tope de gasto de campaña para la actual elección de Gobernador (artículo 56 CEEA); 2) Cuotas de Simpatizantes, hasta por el 10% del tope de gastos de campaña de la elección de Gobernador inmediata anterior (artículo 57 CEEA); 3) Autofinanciamiento por eventos, no señala porcentaje (artículo 58 CEEA); 4) Cuotas de Militantes, hasta el 10% del tope de gastos de campaña de la elección de Gobernador inmediata anterior; 5) Por rendimiento financieros de inversiones en fideicomisos.
| PARTIDO | FINANCIAMIENTO 2010 (mdp) | TOPE GASTOS DE CAMPAÑAS 2010 | DIFERENCIA (mdp) |
| PRI-PVEM-PANAL | 25.0 | 26.2 | 1.2 |
| PAN | 12.5 | 26.2 | -13.7 |
| PRD-CONVERGENCIA | 12.1 | 26.2 | -14.1 |
| PT | 1.3 | 26.2 | -24.9 |
| SUMAS | 50.9 | 104.8 | 53.9 |
Resulta que para evitar el posible exceso en el gasto de campañas que podrían realizar los candidatos al gobierno del Estado de Aguascalientes, a través del Acuerdo CG-A-14/10 del 27 de enero de 2010, el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEEA) determinó el tope máximo en 10 millones 719 mil, 532 pesos con 59 centavos. El IEEA aplicó la fórmula establecida por el artículo 61, fracción I, del Código Electoral de Aguascalientes, y determinó el tope máximo de gastos de campaña que resultó de multiplicar el 0.25% del salario mínimo general (SMG) vigente en el Estado ($54.47 pesos X 0.25=$13.6175 pesos), por el número total de ciudadanos empadronados (787 mil 188) al 1 de enero de 2010.
En Acuerdo del CG-A-21/10, del 28 de febrero de 2010, el IEEA, determinó los topes de campaña de la elección de diputados conforme al artículo 61, fracción II, cuyo párrafo A., ordena multiplicar el 0.15% del SMG ($54.47 pesos X 0.15=8.17 pesos) por el número de empadronados en cada distrito electoral local; el resultado varía de los 279 mil 675 pesos con 44 centavos, en el distrito III, que tiene empadronados a 34 mil 232 ciudadanos, hasta los 433 mil 728 pesos, con 96 centavos, del distrito V de Aguascalientes, donde existen 53 mil 088 empadronados. En suma, el tope máximo de gastos que un partido puede realizar en las campañas de diputados, a partir de un padrón de 787 mil 188 ciudadanos, será de 6 millones 486 mil, 710 pesos con 30 centavos.
Además, conforme al párrafo B, fracción II, del propio artículo 61, para la elección de los 11 ayuntamientos, los partidos podrán gastar 8 millones, 995 mil, 44 pesos con 90 centavos. Que resulta de la operación del 0.20% del SMG, multiplicado por los ciudadanos empadronados al 1 de enero de 2010. Para la elección del Ayuntamiento de Aguascalientes, el tope máximo se fijó en 5 millones, 944 mil, 393 pesos con 60 centavos.
Así las cosas, distinguidos lectores, los invito a corroborar estas sencillas operaciones aritméticas para dimensionar el gasto máximo que podrán hacer los partidos políticos en su intento por ganar la elección de Gobernador del Estado.
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